La flexibilización de los requisitos para abrir cuentas por personas naturales en la Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario de Venezuela (Sudeban) se mantienen, de acuerdo a una circular emitida por la institución financiera.

En el texto, manifestaron que estas medidas tienen como fin, dar oportunidades y buscar la igualdad en todos los clientes en medio de un proceso de bancarización.

“Esta Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario considera necesario flexibilizar los requisitos para la apertura de cuentas bancarias, tomando en cuenta las variables que modifican la calificación de riesgo en materia de prevención de legitimación de capitales, financiamiento al terrorismo y de la proliferación de armas de destrucción masiva”, destacaron en uno de los párrafos.

De acuerdo a lo reseñado en medios especializados en finanzas, SUDEBAN estipula que las cuentas ahorro y corriente para personas naturales nivel 1, tendrán la posibilidad de movilizar de manera mensual por 700 veces, el cambio oficial de moneda mayor valor como diariamente lo publica el Banco Central de Venezuela (BCV).

Los que opten por esta primera fase de cuenta bancaria, deberán consignar la cédula de identidad, laminada sin importar que se encuentre vencida, además de la dirección y el pasaporte con legibilidad en los datos plasmados, en el caso de que la persona sea extranjera.

Mientras tanto y bajo las mismas características anteriores, otros tipos de cuentas bancarias en el nivel 2, podrán cambiar mensualmente en montos superiores a 700 veces, el cambio oficial de moneda de mayor valor, con los siguientes documentos para entregar:

Cédula de identidad laminada legible del solicitante, vigente o vencida.

Dirección del titular.

Copia del Registro Único de Información Fiscal (RIF) legible y vigente del titular.

En caso de ser extranjero, pasaporte legible.

Certificación de Ingresos (atestiguamiento) cuando se trate de personas de libre actividad económica.

Constancia de trabajo, cuando se trate de personas bajo dependencia laboral.

Para la apertura de cuentas extranjeras

Para abrir cuentas en moneda extranjera se mantendrán los mismos requisitos, limitaciones y montos de los niveles determinados, de acuerdo a su equivalencia, y el tipo de cambio establecido por el BCV.

Según la página web Banca y Negocios, los que deseen abrir cuentas bancarias de cualquier índole, tendrán que asistir a una entrevista de manera presencial, o mediante plataformas virtuales como videollamada o videoconferencia, certificados por Sudeban.

“En cuanto a las Personas Jurídicas se mantendrán los requisitos establecidos en la precitada Resolución (…) el incumplimiento de lo antes dispuesto será sancionado conforme a lo previsto en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Instituciones del Sector Bancario, sin perjuicio de las medidas administrativas e instrucciones que este Ente Supervisor pueda imponer en atención a sus competencias”, subrayaron.

Escrito por: Emmanuel Chaparro