La solicitud de revisión sobre la sentencia de los comicios del pasado 28 de julio, consignada por Enrique Márquez, Jesús Torrealba y Henri Falcón, fue rechazada este viernes por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ).

El organismo del Poder Judicial, indicó que la Sala Electoral tiene la potestad de efectuar investigaciones y verificación de los resultados.

“Se ratifica la competencia de esta Sala Electoral, toda vez que fue interpuesto un recurso contencioso electoral, para que este órgano iniciara un proceso judicial de investigación y verificación, para certificar de manera irrestricta e inequívoca, los resultados del proceso electoral realizado el 28 de julio de 2024 (…) a través del proceso electoral realizado el 28 de julio de 2024, quedó expresada la voluntad del pueblo venezolano e inadmisible la solicitud de revisión constitucional de la sentencia Nº 031 del 22 de agosto de 2024, dictada por la Sala Electoral de este Tribunal Supremo de Justicia”, reseña la sentencia en uno de sus párrafos.

Subrayaron la importancia que poseen los procesos judiciales sobre resolución de disputas comiciales e hicieron mención de ejemplos asociados a la investigación de este tipo en países como Brasil y México.

Vale acotar que la oposición que conforma la Plataforma Unitaria Democrática (PUD) asegura que el excandidato presidencial Edmundo González Urrutia triunfó bajo el sustento del 83,5% de las actas electorales.

Escrito por: Emmanuel Chaparro