El Instituto Nacional de Transporte Terrestre (INTT) se encuentra desplegado en el país revisando el cumplimiento del artículo 355 del Reglamento de la Ley de Tránsito Terrestre, tal como lo informó la institución en la red social X.

“Se prohíbe el uso de cualquier foco o luz que induzca a error en la conducción. Sólo los vehículos de emergencia, transporte de combustible y explosivos, grúas y escoltas de vehículos sobredimensionados o especiales podrán estar previstos de dispositivos fijos o giratorios de luces intermitentes o continuas”, señala el referido artículo.

En las redes sociales el INTT publicó: “Servidores Públicos del @InttContigo en un trabajo mancomunado con las Instituciones de Seguridad @GnbGaranteDePaz y @PNBVzla retiran de los vehículos luces Led y Porta Placas, según lo establecido en la Ley de Transporte Terrestre”.

Así mismo, el artículo 366 del referido reglamento señala: “Los vehículos de emergencia y transporte de combustible y explosivos usarán faros de luz intermitente de color rojo. Las grúas y escoltas de vehículos sobredimensionados o especiales, usarán faros de luz intermitentes de color ámbar.

Escrito por: Nancy Mastronardi